12/11/2019 Derecho Bancario y Concursal
Cuando se divorcia un matrimonio con hijos menores de edad, no plantea ninguna duda el hecho de que, en defecto de acuerdo, la vivienda familiar será asignada a los hijos y, en consecuencia, al progenitor que ostente la custodia sobre los mismos, en tanto el primer párrafo del artículo 96 de nuestro Código Civil (CC) es una clara manifestación del principio favor filii.
Ahora bien, la disyuntiva puede surgir cuando los hijos del matrimonio alcanzan la mayoría de edad pero continúan dependiendo ...
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