Si no los conoce, los contratos de adhesión son aquellos que se presentan al consumidor o usuario con unas condiciones generales predeterminadas por el proveedor, sin que exista posibilidad de negociarlas o modificarlas. Estos contratos son muy habituales en sectores como el bancario, el de telecomunicaciones, el de transporte, el de seguros o el de turismo.
Sin embargo, no todos los contratos de adhesión son legales ni respetan los derechos de los consumidores. Algunos contienen cláusulas abusivas que limitan o restringen los derechos de los mismos, le imponen obligaciones desproporcionadas o le hacen asumir riesgos que no le corresponden.
Desde Solórzano & de Avilés, como abogados en A Coruña con amplia experiencia, hoy queremos hablarle más en profundidad sobre ellos para ayudarle a reconocerlas y saber como actuar.
¿Qué son las cláusulas abusivas?
Según el artículo 82 del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, una cláusula abusiva es aquella que, en contra de las exigencias de la buena fe, causa un desequilibrio importante entre los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato.
Las cláusulas abusivas son nulas de pleno derecho y se tienen por no puestas, es decir, no obligan al consumidor ni pueden ser aplicadas por el proveedor. Además, el consumidor puede reclamar la devolución de las cantidades que haya pagado indebidamente o la indemnización por los daños y perjuicios que haya sufrido.
¿Cuáles son las cláusulas abusivas más comunes?
Existen muchos tipos de cláusulas abusivas, pero algunas de las más frecuentes son las que señalamos a continuación desde nuestro despacho de abogados en A Coruña:
- Las que permiten al proveedor modificar unilateralmente el precio, la calidad, la cantidad o las características del producto o servicio contratado, sin dar al consumidor la opción de resolver el contrato.
- Aquellas que obligan al consumidor a pagar gastos o comisiones que no se corresponden con ningún servicio efectivamente prestado o que deberían ser asumidos por el proveedor.
- Cláusulas que establecen plazos de permanencia excesivos o penalizaciones desorbitadas por cancelar o rescindir el contrato.
- Las que limitan o excluyen la responsabilidad del proveedor por incumplimiento contractual, defectos del producto o servicio, daños causados al consumidor o reclamaciones de terceros.
- Todas las que imponen al consumidor la renuncia a sus derechos legales o la sumisión a arbitrajes o tribunales distintos a los que le corresponden por su domicilio.
- Las que autorizan al proveedor a ceder el contrato a un tercero sin el consentimiento del consumidor o a utilizar sus datos personales para fines distintos a los del contrato.
¿Qué hacer si se detecta una cláusula abusiva?
Si se considera que un contrato de adhesión contiene una o varias cláusulas abusivas, desde Solórzano & de Avilés le aconsejamos seguir estas recomendaciones:
- Rechazar la firma del contrato y buscar otra oferta más favorable y transparente.
- Solicitar al proveedor la eliminación o modificación de las cláusulas abusivas antes de firmar el contrato.
- Denunciar al proveedor ante las autoridades competentes en materia de consumo (organismos autonómicos o locales) o ante las asociaciones de consumidores y usuarios.
- Demandar al proveedor ante los tribunales ordinarios para que declaren la nulidad de las cláusulas abusivas y restablezcan los derechos del consumidor.
Para la gran mayoría de situaciones que se pueden dar con las cláusulas abusivas en los contratos de adhesión, es preciso contar con un abogado especialista como los que formamos parte de Solórzano & de Avilés, sobre todo cuando se acaba en los tribunales. Por este motivo, si necesita asesoramiento o defensa legal, puede ponerse en contacto con nosotros. ¡Velamos por sus intereses!