La gestión de una herencia puede ser un proceso complejo y delicado, que requiere de una serie de pasos legales para garantizar el cumplimiento de la voluntad del fallecido y el respeto a los derechos de los herederos. En este artículo, desde Solórzano & de Avilés, especialistas en derecho civil en A Coruña, le explicamos los principales aspectos que debe tener en cuenta a la hora de tramitar una herencia, así como algunos consejos prácticos.
Primer paso en cuestión de herencia
Lo primero que debe hacer es obtener el certificado de defunción, que es el documento que acredita el fallecimiento y la fecha y lugar del mismo. Se puede solicitar en el Registro Civil correspondiente al lugar del fallecimiento, o bien a través de Internet, en la página web del Ministerio de Justicia.
Certificado de actos de última voluntad
El siguiente paso es solicitar el certificado de actos de última voluntad, que es el documento que indica si el fallecido dejó o no testamento, y en caso afirmativo, ante qué notario lo otorgó. Este certificado se puede pedir en la Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia más cercana, o bien por correo postal o electrónico, adjuntando una copia del certificado de defunción y del DNI del solicitante.
Si el fallecido dejó testamento, hay que acudir al notario que lo custodia para obtener una copia autorizada del mismo, que es el documento que contiene la voluntad del fallecido y la distribución de sus bienes. Si el fallecido no dejó testamento, habrá que iniciar un procedimiento de declaración de herederos abintestato, que puede ser judicial o notarial, dependiendo de quiénes sean los herederos. En este caso, se requerirá la intervención de un abogado y un procurador.
Inventario de bienes y deudas
Una vez obtenido el testamento o la declaración de herederos, habrá que hacer un inventario de los bienes y las deudas del fallecido, así como valorarlos económicamente. Para ello, se pueden solicitar las notas simples de las propiedades inmobiliarias en el Registro de la Propiedad, los extractos bancarios de las cuentas y depósitos, los certificados de los seguros de vida, los justificantes de las deudas pendientes, etc.
El siguiente paso del proceso es liquidar el impuesto de sucesiones y donaciones, que es el tributo que grava las transmisiones gratuitas por causa de muerte o por donación. Este impuesto se regula por la normativa estatal y por la normativa autonómica, por lo que puede variar según la comunidad autónoma donde resida el fallecido o los herederos. El plazo para liquidar este impuesto es de seis meses desde el fallecimiento, prorrogable por otros seis meses previa solicitud.
Aceptar o repudiar la herencia
Finalmente, habrá que formalizar la aceptación y adjudicación de la herencia ante notario, mediante una escritura pública en la que se refleje la distribución de los bienes y las cuotas hereditarias correspondientes a cada heredero. Esta escritura deberá inscribirse en el Registro de la Propiedad para actualizar la titularidad de los inmuebles, y en el Registro Mercantil si hay participaciones sociales o acciones. También habrá que comunicar el cambio de titularidad a las entidades bancarias, compañías suministradoras, administraciones públicas, etc.
Ya ha podido comprobar que la gestión de una herencia es un procedimiento complejo. Por eso, la figura de un abogado es vital para que todo salga bien. ¿Quiere que nos ocupemos de la gestión de una herencia en A Coruña? En ese caso contacte con los abogados de Solórzano & de Avilés.