Impuesto de Actos Jurídicos Documentados - Solórzano & de Avilés

El Impuesto de Actos Jurídicos Documentados en la reclamación de los gastos de tu hipoteca

Publicado: 15 de abril de 2019, 12:00
  1. Derecho Bancario y Concursal
El Impuesto de Actos Jurídicos Documentados en la reclamación de los gastos de tu hipoteca

El Impuesto de Actos Jurídicos Documentados esta directamente relacionado con los gastos de constitución de la hipoteca. Existen ciertos gastos relacionados con las hipotecas que muchos clientes han asumido injustamente y los cuales pueden reclamar para obtener la devolución de ese dinero. Sin embargo, no todos estos gastos pueden ser reclamados por los afectados.

El 6 de noviembre de 2018 tuvo lugar la Sentencia del Tribunal Supremo mediante la cual se declara que la partida de gasto que no puede ser reclamada es la del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados.

Cada vez aumenta más el número de personas que reclaman estos gastos de constitución de hipoteca que se encuentran directamente relacionados con la formalización del contrato de la misma. Normalmente eran los clientes quienes asumían estos gastos erróneamente y mediante su reclamación cabe la posibilidad de que ese dinero pagado a mayores sea devuelto a la persona reclamante.

 

¿Qué gastos pueden ser reclamados?

Como ya se ha mencionado, los gastos relacionados con el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados no son reclamables, mientras si lo son los siguientes:

- Los gastos de la gestoría que llevó las gestiones impuesta por la entidad bancaria.

- Los gastos de tasación.

- La factura del registro de la propiedad por llevar a cabo la inscripción de la Hipoteca.

- La factura de la notaría que llevó a cabo lo correspondiente a la Escritura de Préstamos Hipotecario.

 

Según ha señalado la ley, el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados tiene que ser pagado por el “sujeto pasivo, el adquiriente del bien o derecho y, en su defecto, las personas que insten o soliciten los documentos notariales”. Mientras, los gastos restantes pagados injustamente podrán seguir siendo reclamados por las personas afectadas.

En Solórzano & de Avilés somos especialistas en la reclamación de estos gastos y ayudamos a todos los clientes que lo necesiten analizando su caso a fondo. El plazo para reclamar este dinero tiene su fin el 24 de diciembre de 2019, por ello, si está intentando reclamar estos gastos o si todavía no tiene claro si tiene derecho a ello.

Desde nuestro despacho de abogados recomendamos no demorar está reclamación. No dude en visitarnos o póngase en contacto con nosotros si quiere reclamar estos gastos de la mano de profesionales.

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