En España existen numerosos ficheros de morosos que llevan cuenta de los posibles impagos de empresas y personas físicas. Figurar en uno de estos registros puede llevarnos a sufrir innumerables quebraderos de cabeza, en muchos casos por cantidades nimias, pues, con independencia del importe de la deuda contraída, cualquier cuantía no abonada en plazo puede hacernos aparecer en uno de estos ficheros.
Desde Solórzano & De Avilés, su abogado en A Coruña y Lugo, le contamos cómo eliminar su nombre del fichero de morosos cuando la deuda está vencida y es exigible (momento en el que es posible que usted ya figure en él).
¿Cómo puedo saber si mi nombre aparece en el fichero de morosos?
Es posible que usted ya tenga conocimiento de que figura en el fichero de morosos, ya que las empresas asociadas a los mismos suelen hacérselo saber mediante la expedición de una carta. En ella, encontrará a menudo un número de referencia para consulta. De este modo, sabrá exactamente cuál es la cantidad que se le reclama. En caso de que haya extraviado esta carta o no haya llegado a recibirla, podrá saber si figura en el fichero de morosos, solicitando una consulta del mismo por escrito.
¿Cómo salir del fichero de morosos?
Pagar la deuda es el método óptimo para salir de este fichero de forma rápida y sin complicaciones. Una vez que usted abone la deuda contraída después de su consulta, deberá ponerse en contacto con la gestión del fichero de morosos para la eliminación de sus datos del listado.
¿Cuánto tiempo tarda mi nombre en desaparecer?
Una vez abonada la deuda pendiente y establecida la solicitud de retirada de datos, lo habitual es que se cuente con un plazo aproximado de un mes hasta que su nombre desaparezca del fichero. Durante este plazo, se pondrán en contacto con su proveedor para cotejar que, efectivamente, la deuda ha sido correctamente saldada.
¿Qué sucede si no puedo pagar la deuda?
Si pagar la deuda no es una opción para usted, podrá solicitar la cancelación de sus datos personales en el fichero de morosos una vez que transcurra el plazo de vencimiento dictaminado por ley, que es de 6 años. Pasado este tiempo, se considera que la deuda ha prescrito.
- Recurra a la ley de Segunda Oportunidad
Frente a la insolvencia para pagar una deuda, usted tiene derecho a ampararse en la ley de Segunda Oportunidad.
Le recomendamos que para que todo transcurra de la mejor manera para usted durante este proceso, que puede acabar siendo más largo de lo deseable, cuente en todo momento con el asesoramiento legal apropiado. Desde Solórzano & De Avilés, su abogado en A Coruña y Lugo, nos encargaremos de proporcionárselo.